Criterios de Clasificación, Aranceles y Regulaciones del Capítulo 19
1. Alcance Merceológico y Estructura Arancelaria
Dentro de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE), el Capítulo 19 (Preparaciones a base de cereales, harina, almidón, fécula o leche; pastelería) forma parte de la Sección IV: Productos de las industrias alimentarias; bebidas, líquidos alcohólicos y tabaco. Agrupa preparaciones alimenticias con grado de elaboración industrial superior al de las Secciones I y II, incluyendo frecuentes Aranceles Mixtos Azucareros (AMX).
En la estructura vigente publicada por el SNICE, este capítulo comprende 5 partidas arancelarias (tales como las partidas 1901, 1902, 1903, 1904, 1905), las cuales se subdividen en 24 fracciones de 8 dígitos y 30 Números de Identificación Comercial (NICO) para efectos estadísticos en el pedimento aduanal.
2. Panorama Fiscal (IGI), Unidades UMT y RRNA
Desde la perspectiva tributaria, el 0% de las fracciones de este capítulo se encuentran exentas de Impuesto General de Importación (IGI), mientras que el 100% están sujetas al pago de arancel general (incluyendo 6 fracciones con Arancel Mixto Azucarero AMX).
- Unidades de Medida de la Tarifa (UMT) utilizadas:
Kg. - Autoridades y RRNA frecuentes en el sector: COFEPRIS (Permisos Sanitarios), SAT (Marbetes e IEPS en bebidas/tabaco) y Secretaría de Economía.
- Normas Oficiales Mexicanas (NOM) y requisitos: NOM-051-SCFI/SSA1 (sellos de advertencia nutricional), NOM-142-SSA1/SCFI (bebidas alcohólicas) y Padrón Sectorial en vinos, licores y cigarros.
Catálogo de Fracciones Arancelarias y NICOs del Capítulo 19
Filtra con o sin acentos cualquier partida o descripción y haz clic en "🧮 Cotizar" para simular impuestos en aduana.
| Fracción (8 dígitos) | Descripción Oficial TIGIE | UMT | Arancel Imp. (IGI) | NICOs (10 dígitos) | Simulador |
|---|---|---|---|---|---|
| 1901.10.02 | Preparaciones para la alimentación de lactantes o niños de corta edad, acondicionadas para la venta al por menor. | Kg | 10% |
1901.10.02.01:
Con un contenido de sólidos lácteos superior al 10%, en peso.
1901.10.02.99:
Las demás.
|
🧮 Cotizar |
| 1901.20.02 | Con un contenido de grasa butírica superior al 25%, en peso, sin acondicionar para la venta al por menor, excepto a base de harinas, almidones o fécula, de avena, maíz o trigo. | Kg | 10% |
1901.20.02.00:
Con un contenido de grasa butírica superior al 25%, en peso, sin acondicionar para la venta al por menor, excepto a base de harinas, almidones o fécula, de avena, maíz o trigo.
|
🧮 Cotizar |
| 1901.20.99 | Los demás. | Kg | AMX (10%+0.36 Dls por Kg de azúcar) |
1901.20.99.01:
A base de harinas, almidones o fécula, de avena, maíz o trigo.
1901.20.99.99:
Los demás.
|
🧮 Cotizar |
| 1901.90.02 | Productos alimenticios vegetales, dietéticos, para diabéticos. | Kg | 10% |
1901.90.02.00:
Productos alimenticios vegetales, dietéticos, para diabéticos.
|
🧮 Cotizar |
| 1901.90.03 | Preparaciones a base de productos lácteos con un contenido de sólidos lácteos superior al 10%, pero inferior o igual a 50%, en peso, excepto las comprendidas en la fracción arancelaria 1901.90.04. | Kg | 10% |
1901.90.03.00:
Preparaciones a base de productos lácteos con un contenido de sólidos lácteos superior al 10%, pero inferior o igual a 50%, en peso, excepto las comprendidas en la fracción arancelaria 1901.90.04.
|
🧮 Cotizar |
| 1901.90.04 | Preparaciones a base de productos lácteos con un contenido de sólidos lácteos superior al 10%, acondicionadas en envases para la venta al por menor cuya etiqueta contenga indicaciones para la utilización directa del producto en la preparación de alimentos o postres, por ejemplo. | Kg | 10% |
1901.90.04.00:
Preparaciones a base de productos lácteos con un contenido de sólidos lácteos superior al 10%, acondicionadas en envases para la venta al por menor cuya etiqueta contenga indicaciones para la utilización directa del producto en la preparación de alimentos o postres, por ejemplo.
|
🧮 Cotizar |
| 1901.90.05 | Preparaciones a base de productos lácteos con un contenido de sólidos lácteos superior al 50%, en peso, excepto las comprendidas en la fracción arancelaria 1901.90.04. | Kg | 45% |
1901.90.05.00:
Preparaciones a base de productos lácteos con un contenido de sólidos lácteos superior al 50%, en peso, excepto las comprendidas en la fracción arancelaria 1901.90.04.
|
🧮 Cotizar |
| 1901.90.99 | Los demás. | Kg | AMX (10%+0.36 Dls por Kg de azúcar) |
1901.90.99.01:
Extractos de malta.
1901.90.99.99:
Los demás.
|
🧮 Cotizar |
| 1902.11.01 | Que contengan huevo. | Kg | 20% |
1902.11.01.00:
Que contengan huevo.
|
🧮 Cotizar |
| 1902.19.99 | Las demás. | Kg | 10% |
1902.19.99.00:
Las demás.
|
🧮 Cotizar |
| 1902.20.01 | Pastas alimenticias rellenas, incluso cocidas o preparadas de otra forma. | Kg | 10% |
1902.20.01.00:
Pastas alimenticias rellenas, incluso cocidas o preparadas de otra forma.
|
🧮 Cotizar |
| 1902.30.91 | Las demás pastas alimenticias. | Kg | 10% |
1902.30.91.00:
Las demás pastas alimenticias.
|
🧮 Cotizar |
| 1902.40.01 | Cuscús. | Kg | 10% |
1902.40.01.00:
Cuscús.
|
🧮 Cotizar |
| 1903.00.01 | Tapioca y sus sucedáneos preparados con fécula, en copos, grumos, granos perlados, cerniduras o formas similares. | Kg | 10% |
1903.00.01.00:
Tapioca y sus sucedáneos preparados con fécula, en copos, grumos, granos perlados, cerniduras o formas similares.
|
🧮 Cotizar |
| 1904.10.01 | Productos a base de cereales obtenidos por inflado o tostado. | Kg | AMX (10%+0.36 Dls por Kg de azúcar) |
1904.10.01.00:
Productos a base de cereales obtenidos por inflado o tostado.
|
🧮 Cotizar |
| 1904.20.01 | Preparaciones alimenticias obtenidas con copos de cereales sin tostar o con mezclas de copos de cereales sin tostar y copos de cereales tostados o cereales inflados. | Kg | AMX (10%+0.36 Dls por Kg de azúcar) |
1904.20.01.00:
Preparaciones alimenticias obtenidas con copos de cereales sin tostar o con mezclas de copos de cereales sin tostar y copos de cereales tostados o cereales inflados.
|
🧮 Cotizar |
| 1904.30.01 | Trigo bulgur. | Kg | 10% |
1904.30.01.00:
Trigo bulgur.
|
🧮 Cotizar |
| 1904.90.99 | Los demás. | Kg | 10% |
1904.90.99.00:
Los demás.
|
🧮 Cotizar |
| 1905.10.01 | Pan crujiente llamado "Knäckebrot". | Kg | 10% |
1905.10.01.00:
Pan crujiente llamado "Knäckebrot".
|
🧮 Cotizar |
| 1905.20.01 | Pan de especias. | Kg | 10% |
1905.20.01.00:
Pan de especias.
|
🧮 Cotizar |
| 1905.31.01 | Galletas dulces (con adición de edulcorante). | Kg | AMX (10%+0.36 Dls por Kg de azúcar) |
1905.31.01.00:
Galletas dulces (con adición de edulcorante).
|
🧮 Cotizar |
| 1905.32.01 | Barquillos y obleas, incluso rellenos ("gaufrettes", "wafers") y "waffles" ("gaufres"). | Kg | AMX (10%+0.36 Dls por Kg de azúcar) |
1905.32.01.00:
Barquillos y obleas, incluso rellenos ("gaufrettes", "wafers") y "waffles" ("gaufres").
|
🧮 Cotizar |
| 1905.40.01 | Pan tostado y productos similares tostados. | Kg | 10% |
1905.40.01.00:
Pan tostado y productos similares tostados.
|
🧮 Cotizar |
| 1905.90.99 | Los demás. | Kg | 10% |
1905.90.99.01:
Sellos para medicamentos.
1905.90.99.02:
Frituras de maíz.
1905.90.99.91:
Las demás frituras.
1905.90.99.99:
Los demás.
|
🧮 Cotizar |
Guías Prácticas para Importar Mercancías del Capítulo 19
Preguntas Frecuentes sobre el Capítulo 19 (Preparaciones a base de cereales, harina, almidón, fécula o leche; pastelería)
¿Cuántas fracciones arancelarias y NICOs integran el Capítulo 19 de la TIGIE?
Actualmente, el Capítulo 19 cuenta con 24 fracciones arancelarias distribuidas en 5 partidas de 4 dígitos y desglosadas en 30 Números de Identificación Comercial (NICO) a 10 dígitos.
¿Qué porcentaje de mercancías del Capítulo 19 está exento de arancel de importación?
Del total de fracciones registradas en este capítulo, el 0% (0 fracciones) se encuentra exento de Impuesto General de Importación (IGI) bajo la tarifa general vigente, mientras que el 100% (24 fracciones) causa arancel ad-valorem o mixto, sin perjuicio de las Regulaciones y Restricciones No Arancelarias (RRNA) supervisadas por COFEPRIS (Permisos Sanitarios), SAT (Marbetes e IEPS en bebidas/tabaco) y Secretaría de Economía.
¿Dónde puedo simular los impuestos y validar una fracción del Capítulo 19 para mi pedimento?
Puedes pulsar el botón "🧮 Cotizar" en cualquier fila de este catálogo para calcular el Valor en Aduana, IGI, DTA e IVA en nuestro simulador, o calcular el margen de venta y peso volumétrico de tu carga en nuestra Suite de Calculadoras PyME. Para operaciones formales de comercio exterior, un Agente Aduanal autorizado debe validar la fracción arancelaria definitiva.